Prisión preventiva para el agresor de Bovina por «Amenazas coactivas concurso real con lesiones graves»

El fiscal Diego Rodríguez y Barros estuvo en vivo en Noticiero Uno y brindó detalles de la audiencia realizada en el día de ayer.

«En el día de ayer se llevó a cabo la audiencia imputativa en la cual se le hace conocer los hechos que se le atribuyen como autor al imputado, en este caso la persona que tenía en ese momento detenida, y también la calificación jurídica», comenzó diciendo el fiscal Diego Rodríguez y Barros.

«La imputación fue emitida por el juez interviniente doctor Ruiz Steiger»

«La imputación fue emitida por el juez interviniente doctor Ruiz Steiger acá en la sede de la OGJ de San Jorge y luego se pasó a la segunda parte de la audiencia que es la medida cautelar solicitada. En la cual se hizo lugar a la aplicación de las medidas de máximo rigor que es la prisión preventiva por plazos de ley».

«Aclaro que el plazo máximo es de dos años con posibilidad de prórroga por un año más en base a la complejidad y la situación particular de cada caso. Esto no quiere decir que esta persona sí o sí tenga que estar ese tiempo en calidad de prisión preventiva porque puede darse la posibilidad de una solución alternativa al conflicto penal por vías distintas al juicio oral y público que puedan hacer que determinado momento recupere la libertad», puntualizó Rodriguez y Barros

«El imputado no hizo uso de su derecho de expresarse».

¿Por qué Prisión Preventiva?

«Aclaro que es de carácter provisoria tanto la adjudicación fáctica como la calificación jurídica. En esta etapa se respaldaron las evidencias que se han podido reunir hasta el momento y claramente que se van a ir colectando es la de Amenazas coactivas en concurso real con lesiones graves«, puntualizó el fiscal.

Esto significa que: «Por un lado el hecho de proferir amenazas que causen temor, un amedrentamiento en una persona y coactiva significa obligar a otra persona hacer o no en contra de su voluntad».

«Además es la lesión grave que consiste en provocar en el cuerpo lesión que está calificada en el Código Penal según distintas situaciones, por ejemplo una discapacidad laboral mayor a 60 días o que haya puesto en riesgo su vida y también hay otras cuestiones taxativas que establece para que se considere como grave», agregó.

«Esa fue la adjudicación fáctica y calificación jurídica. En este casó se solicitó y se admitió la audiencia por la cual en este momento el señor que fue imputado se encuentra en prisión preventiva».

Nueva audiencia

«No hay fecha de nueva audiencia. La única posibilidad de que haya revisión sobre esto es que surja un hecho nuevo que amerite que la defensa pida al revisión de la medida cautelar o que por el mero transcurso de tiempo (el Código establece un lapso mínimo de 90 días para  poder revisar esta medida).