El Consejo de la Magistratura debatirá el proyecto la próxima semana, en medio de críticas por discrecionalidad en el sistema de selección de jueces.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó esta semana, mediante la Acordada N° 4/2026, un “ Proyecto de Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados ” y lo remitió luego al Consejo de la Magistratura para su tratamiento.
La iniciativa propone una reconfiguración del sistema de selección de jueces, en un contexto marcado por la necesidad de cubrir un número significativo de vacantes en la justicia federal.
La Corte Suprema propone una reforma: ¿qué hará el Consejo de la Magistratura?
El movimiento del máximo tribunal no pasó desapercibido en el ámbito político-judicial. Fuentes del Consejo de la Magistratura confirmaron en diálogo exclusivo con AIRE que el proyecto “va a ser uno de los temas centrales de la reunión de labor del miércoles de la semana que viene en el Consejo ”, lo que anticipa que la discusión tendrá un lugar prioritario en la agenda institucional inmediata.
En ese mismo intercambio, las fuentes valoraron la iniciativa con una lectura crítica sobre el funcionamiento actual del sistema: “Me parece excelente, en el Consejo de la Magistratura hay más rosca que en el doctorado para ser plomero ”, ironizaron, en alusión a los márgenes de negociación política que atraviesan los procesos de selección.
El proyecto fue aprobado por los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes, en el texto de la acordada, fundamentaron la intervención del Tribunal en su carácter de cabeza del Poder Judicial, conforme el artículo 108 de la Constitución Nacional. A la vez, reconocieron que el Consejo de la Magistratura —creado por la reforma de 1994 en el artículo 114— es el órgano con competencia primaria para llevar adelante los concursos públicos de antecedentes y oposición.
Una reforma sobre la base de la experiencia
El documento parte de un diagnóstico construido a partir de la experiencia acumulada en la aplicación del régimen vigente. Allí se identifican déficits estructurales vinculados a la discrecionalidad en algunas etapas, la falta de criterios uniformes en la evaluación y la necesidad de reforzar la previsibilidad del sistema.
Fuente: Aire de Santa fe.




