La Justicia reactivó la reforma laboral: conocé los cambios en vacaciones, el nuevo cálculo de indemnizaciones y cómo funciona el periodo de prueba extendido.
La Justicia reactivó más de 80 artículos de la reforma laboral. Tras quedar sin efecto la medida cautelar que frenaba su aplicación, los cambios en las condiciones de contratación, despidos y jornada de trabajo ya son una realidad para todos los empleados y empleadores del país.
¿Qué es la reforma laboral y por qué vuelve a estar vigente?
El freno judicial que pesaba sobre la ley de modernización laboral fue revocado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Esto significa que los puntos centrales impulsados por el Congreso recuperan su validez inmediata, modificando las reglas de juego en el mercado de trabajo formal.
Reforma laboral: ¿cómo cambian las vacaciones y el banco de horas?
Uno de los puntos que más interés despierta en los trabajadores es la flexibilidad en el tiempo de descanso.
- Banco de horas: empleadores y empleados pueden pactar por escrito la compensación de horas extra. Se pueden alternar jornadas largas con cortas, siempre respetando el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
- Vacaciones fraccionadas: ahora se permite dividir la licencia en segmentos de al menos siete días consecutivos.
- Temporada de verano: aunque se mantiene el periodo octubre-abril, se puede acordar el goce de vacaciones fuera de esa fecha. Eso sí: el empleador debe garantizar que el trabajador tenga vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.
¿Cómo se calculan las indemnizaciones con el nuevo esquema?
La reforma laboral redefine la base para el cálculo de los despidos sin causa:
- Base de cálculo: se toma solo la remuneración mensual, normal y habitual. Se excluyen ítems como el aguinaldo (SAC) y las vacaciones.
- Actualización de créditos: las deudas judiciales se ajustarán por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
- Fondo de Cese Laboral: los convenios colectivos podrán crear un sistema de capitalización individual (similar al modelo de la UOCRA) donde el empleador aporta mensualmente y el trabajador cobra ese monto al finalizar el vínculo, sustituyendo la indemnización tradicional.
- Pago en cuotas: las empresas con condenas judiciales firmes podrán pagar en hasta 6 cuotas (grandes empresas) o 12 cuotas (PyMEs y microempresas).
¿De cuánto es el periodo de prueba tras la reforma laboral?
El tiempo de evaluación de un nuevo empleado se extiende significativamente:
- Regla general: pasa a ser de seis meses.
- Pequeñas empresas: en firmas de hasta cinco empleados, el periodo de prueba puede extenderse hasta los ocho meses.
Fuente: Aire de Santa fe.




